^ Nm 35.1: Y HABLO Jehová á Moisés en los campos de Moab, junto al Jordán de Jericó, diciendo:
^ Nm 35.2: Manda á los hijos de Israel, que den á los Levitas de la posesión de su heredad ciudades en que habiten: También daréis á los Levitas ejidos de esas ciudades alrededor de ellas.
^ Nm 35.3: Y tendrán ellos las ciudades para habitar, y los ejidos de ellas serán para sus animales, y para sus ganados, y para todas sus bestias.
^ Nm 35.4: Y los ejidos de las ciudades que daréis á los Levitas, serán mil codos alrededor, desde el muro de la ciudad para afuera.
^ Nm 35.5: Luego mediréis fuera de la ciudad á la parte del oriente dos mil codos, y á la parte del mediodía dos mil codos, y á la parte del occidente dos mil codos, y á la parte del norte dos mil codos, y la ciudad en medio: esto tendrán por los ejidos de las ciudades.
^ Nm 35.6: Y de las ciudades que daréis á los Levitas, seis ciudades serán de acogimiento, las cuales daréis para que el homicida se acoja allá: y además de éstas daréis cuarenta y dos ciudades.
^ Nm 35.7: Todas las ciudades que daréis á los Levitas serán cuarenta y ocho ciudades; ellas con sus ejidos.
^ Nm 35.8: Y las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel, del que mucho tomaréis mucho, y del que poco tomaréis poco: cada uno dará de sus ciudades á los Levitas según la posesión que heredará.
^ Nm 35.9: Y habló Jehová á Moisés, diciendo:
^ Nm 35.10: Habla á los hijos de Israel, y diles: Cuando hubiereis pasado el Jordán á la tierra de Canaán,
^ Nm 35.11: Os señalaréis ciudades, ciudades de acogimiento tendréis, donde huya el homicida que hiriere á alguno de muerte por yerro.
^ Nm 35.12: Y os serán aquellas ciudades por acogimiento del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté á juicio delante de la congregación.
^ Nm 35.13: De las ciudades, pues, que daréis, tendréis seis ciudades de acogimiento.
^ Nm 35.14: Tres ciudades daréis de esta parte del Jordán, y tres ciudades daréis en la tierra de Canaán; las cuales serán ciudades de acogimiento.
^ Nm 35.15: Estas seis ciudades serán para acogimiento á los hijos de Israel, y al peregrino, y al que morare entre ellos, para que huya allá cualquiera que hiriere de muerte á otro por yerro.
^ Nm 35.16: Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere, homicida es; el homicida morirá:
^ Nm 35.17: Y si con piedra de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
^ Nm 35.18: Y si con instrumento de palo de mano, de que pueda morir, lo hiriere, y muriere, homicida es; el homicida morirá.
^ Nm 35.19: El pariente del muerto, él matará al homicida: cuando lo encontrare, él le matará.
^ Nm 35.20: Y si por odio lo empujó, ó echó sobre él alguna cosa por asechanzas, y muere;
^ Nm 35.21: O por enemistad lo hirió con su mano, y murió: el heridor morirá; es homicida; el pariente del muerto matará al homicida, cuando lo encontrare.
^ Nm 35.22: Mas si casualmente lo empujó sin enemistades, ó echó sobre él cualquier instrumento sin asechanzas,
^ Nm 35.23: O bien, sin verlo, hizo caer sobre él alguna piedra, de que pudo morir, y muriere, y él no era su enemigo, ni procuraba su mal;
^ Nm 35.24: Entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente del muerto conforme á estas leyes:
^ Nm 35.25: Y la congregación librará al homicida de mano del pariente del muerto, y la congregación lo hará volver á su ciudad de acogimiento, á la cual se había acogido; y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fué ungido con el aceite santo.
^ Nm 35.26: Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, á la cual se acogió,
^ Nm 35.27: Y el pariente del muerto le hayare fuera del término de la ciudad de su acogida, y el pariente del muerto al homicida matare, no se le culpará por ello:
^ Nm 35.28: Pues en su ciudad de refugio deberá aquél habitar hasta que muera el gran sacerdote: y después que muriere el gran sacerdote, el homicida volverá á la tierra de su posesión.
^ Nm 35.29: Y estas cosas os serán por ordenanza de derecho por vuestras edades, en todas vuestras habitaciones.
^ Nm 35.30: Cualquiera que hiriere á alguno, por dicho de testigos, morirá el homicida: mas un solo testigo no hará fé contra alguna persona para que muera.
^ Nm 35.31: Y no tomaréis precio por la vida del homicida; porque está condenado á muerte: mas indefectiblemente morirá.
^ Nm 35.32: Ni tampoco tomaréis precio del que huyó á su ciudad de refugio, para que vuelva á vivir en su tierra, hasta que muera el sacerdote.
^ Nm 35.33: Y no contaminaréis la tierra donde estuviereis: porque esta sangre amancillará la tierra: y la tierra no será expiada de la sangre que fué derramada en ella, sino por la sangre del que la derramó.
^ Nm 35.34: No contaminéis, pues, la tierra donde habitáis, en medio de la cual yo habito; porque yo Jehová habito en medio de los hijos de Israel.